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NOTAS BÁSICAS Y CLARAS:

¿Quién puede solicitarla?

  • Contribuyentes que incluyeron la prestaron por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014,2015, 2016 y 2017.
  • Afecta tanto a madres como a padres que la hayan percibido.

¿Cuánto pueden llegar a devolver?

  • Depende de cada caso. Según el importe de prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente.
  • Ejemplo:

    Para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar la devolución?

  • Presentar escrito de solicitud de ingresos indebidos del ejercicio que se percibió la prestación.
  • Presentar en la Administración Tributaria una fotocopia de la declaración y de los datos fiscales del ejercicio reclamado junto con la reclamación.

¿Cuándo reclamarlo?

  • Plazo para reclamar es de 4 años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada.
  • Desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.

Una vez que se ha presentado la reclamación, la Agencia Tributaría analizará la solicitud y si la considera procedente, rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan. En caso de desestimar la solicitud deberá plantearse sí acudir a los tribunales para continuar la reclamación.

 

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