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La Plusvalía Municipal es un impuesto omnipresente en toda transmisión de un inmueble urbano (solar, chalet, piso, parking, local, nave, etc.) y por cualquier título (venta, donación, herencia, permuta, etc.) y lo que trata de gravar es el Incremento de Valor del TERRENO durante el tiempo en que se ha sido propietario. El problema es que la normativa (el precepto de la Ley Haciendas Locales que regula la base imponible) supone que siempre existe incremento (incremento mayor cuanto más años hayan transcurrido) y obliga a tributar, incluso cuando realmente haya perdido valor, y esa normativa no permite acreditar esa pérdida de valor.

Recuperar el 100% de lo pagado en concepto de plusvalía municipal cuando se vende un inmueble con pérdidas es un tema que está zanjado por el Tribunal Constitucional. Así, se puede reclamar el impuesto cuando se vende o hereda una vivienda y esta transmisión genera pérdidas, a pesar de que su valor catastral haya crecido.

Cualquier persona que haya vendido su inmueble y haya tenido que abonar el impuesto de plusvalías municipales podrá recurrir este pago. Eso sí, siempre que la venta se realizara después de 2013, ya que si han pasado más de 4 años desde la operación, el caso ha prescrito, señalan los expertos.

Otros casos en los que también puedes recuperar tu dinero…

Si liquidaste tu hipoteca con una dación en pago y el ayuntamiento te cobró el impuesto de plusvalía municipal también puedes reclamar el impuesto pagado, en SBA SERVICIOS JURÍDICOS te ayudamos a conseguirlo.

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