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Estamos a tu lado. Te escuchamos. Te asesoramos

  • CLAUSULA SUELO, es nula y corresponde que el banco devuelva todos los importes que en aplicación de esta clausula has pagado más los intereses legales correspondientes.

Y, ¿si firme un contrato de novación también puedo reclamar? Si, el TJUE ha resuelto recientemente esta cuestión en Auto de 3 de marzo de 2021 y los Juzgados de Zaragoza ya han comenzado aplicarla declarando la nulidad de este tipo de contratos siempre y cuando el documento firmado no hubiera sido negociado entre las partes, no se permitiera su modificación por parte del cliente y el cliente a su firma no conociera las consecuencias jurídicas y económicas del documento, esta es la tónica dominante en el 90 % de los casos.

Y, ¿sí en el contrato de novación firme de mi puño y letra que renunciaba a reclamar frente a la entidad, también puedo reclamar? Si, la renuncia a reclamar inserta en ese tipo de contratos es nula.

  • GASTOS HIPOTECARIOS, la clausula es nula y corresponde que la entidad devuelva al cliente los gastos abonados por este concepto en los siguientes porcentajes, 50% de Notaria, 100% de gestoría, Registro de la Propiedad y Tasación, más los intereses legales correspondientes.

        En una hipoteca media suelen ser unos 1000 euros.

  • COMISION DE APERTURA, la Audiencia Provincial de Zaragoza está declarando la nulidad de la clausula condenando a la entidad a proceder a la devolución del importe abonado por este concepto. La comisión de apertura suele ser un porcentaje del capital solicitado, entre un 0.5 y un 1 %, lo que hace que, en una hipoteca media de 100.000 euros, puedan ser entre 500 a 1.000 euros.

         Además de estas cláusulas, también solicitamos la nulidad de la clausula de intereses de demora y la de cuotas deudoras.

        Para analizar la viabilidad de tu caso y calcular que cantidades puedes recuperar, solo tienes que hacernos llegar tu escritura de préstamo hipotecario, así como las facturas abonadas en el momento de constitución de la hipoteca (Notaria, Registro de la propiedad, gestoría, y tasación)

        Analizaremos tu caso y te explicaremos los pasos a seguir, de forma sencilla podrás recuperar tu dinero, ahora que tanto se necesita, en la mayoría de los casos el procedimiento se resuelve sin la celebración de juicio y por tanto sin que tengas que comparecer en el juzgado.

        Nuestros honorarios son a resultado, por tanto, tampoco tendrás que preocuparte de esta cuestión, ya que no cobramos hasta que tu no cobras.

        Realizamos consultas telemáticas para que no tengas que desplazarte, consiguiendo con ello que el trámite para la recuperación de tu dinero sea cómodo y sencillo.

        Para cualquier cuestión, no duden en contactar con nosotros.

Todos los trámites resueltos de forma presencial y/o telemática

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