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Actualmente, la mayoría hemos oído hablar de las “criptomonedas” pero, ¿conocemos realmente para qué sirven? ¿Qué son? ¿Qué regulación tienen en nuestro país?, etc.

Las también llamadas monedas virtuales, se utilizan principalmente como un medio de compra y venta de servicios y bienes por medio de la web. Una de sus características principales y quizás la más atractiva, es que las entidades bancarias no necesitan intervenir en este tipo de procesos, por lo que la adquisición de servicios o productos va a ser de una manera más sencilla y sin trámites burocráticos que conllevan tiempo y, en ocasiones, un fastidio para el cliente.

Intentamos resolver todas estas dudasen este post, comenzamos….

¿Qué es una criptomoneda?

Hace aproximadamente una década, nacieron las criptomonedas. A pesar de ello, no existe en nuestro país una norma que regule específicamente las criptomonedas. Esta materia, se aborda a través de la legislación en materia de prevención de blanqueo de capitales y de lucha contra el fraude fiscal.

La definición legal de “criptomoneda”, también llamada “moneda virtual”, la encontramos en el Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril. Dicha norma establece que “se entenderá por moneda virtual aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente”.

En definitiva, se trata de una representación digital de valor que no ha sido emitida por ningún banco y que no se encuentra asociada a una moneda de curso legal. Es, por tanto, un elemento que, aunque no tiene un estatuto de moneda como tal, es aceptado como forma de cambio y que puede manejarse y negociarse de manera electrónica.

En todo el mundo existen más de 1.300 divisas virtuales diferentes. Una de las más conocidas es el Bitcoin, moneda que nace en el año 2009 y desde entonces su popularidad ha ido en un notable ascenso.

Dados los escasos años de vida con que cuentan las criptomonedas, son pocos los países que incorporan a su ordenamiento leyes claras y precisas a este respecto.

¿Cuál es su regulación?

Como hemos mencionado, en España, la definición de moneda virtual la encontramos en el Real Decreto Ley 7/2021, de 27 de abril. No obstante, todavía existe un vacío legal significativo al respecto.

Las criptomonedas tienen una naturaleza descentralizada, ya que, cuando tienes este tipo de divisas, las tienes en la red y, por lo tanto, no las encuentras en ningún lugar del mundo específico. Por ello, su regularización independiente en cada país es prácticamente imposible sin la existencia de un acuerdo internacional en esta materia.

En nuestro país, el 17 de febrero entró en vigor la Circular 1/2022 de la CNMV, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión. Esta Circular, es la primera norma que se ha publicado en España sobre esta materia.

¿Qué opina el TJUE?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció en el año 2015 algunas medidas en cuanto a la regulación de las criptomonedas, aunque esto no es suficiente como para entenderlo regulado completamente. Este Tribunal considera que el Bitcoin es una divisa virtual de flujo bidireccional que actúa como un medio de pago contractual. Además la clasifica como una divisa no tradicional, diferente a los medios de pago legalmente conocidos; sin embargo, se encuentra dentro de la categoría de operaciones financieras siempre y cuando las partes que operan con ella, establezcan la moneda virtual como medio de pago.

¿Qué ocurre con su tratamiento fiscal, es decir, con hacienda?

Las criptomonedas no están consideradas como moneda en España, pero sí son consideradas como un activo, el cual se puede comprar y vender. Cuando compramos este tipo de divisas o cuando enviamos dinero a nuestra cuenta proveniente de la venta de monedas digitales, estamos relacionando de manera directa nuestros monederos de criptomonedas con nuestras cuentas bancarias. Estas transacciones son las herramientas de las que dispone hacienda para conocer cuánto dinero se ha invertido y cuánto se ha sacado del mercado.

Cualquier persona puede comprar criptomonedas, como quien compra un coche u otro bien, por lo que mientras la criptomoneda se conserve, no tendrás que declarar nada porque tienes un activo simplemente.

Pero qué ocurre cuando las vendes y ganas dinero con ello. En caso de una venta de monedas virtuales que deje una rentabilidad, es decir, que obtengas un beneficio económico por su venta, entonces sí se tendría que declarar el beneficio de la misma. Además, se ha de tener en cuenta que las operaciones que realizas con estos activos, quedan registradas en la plataforma, por lo que se puede realizar un cálculo sencillo del beneficio o pérdida total anual con vistas a la presentación de la declaración de la renta.

En definitiva, si has vendido una criptomoneda y has ganado dinero con su venta, tendrás que declarar esta ganancia como un aumento patrimonial, pero recuerda que también puedes declarar una pérdida si, por el contrario, pierdes dinero con su venta.

Por lo tanto, los impuestos que se deben tener en cuenta, serán el Impuesto sobre el Patrimonio (si posees criptomonedas y tu patrimonio supera los dos millones de euros) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (si te regalan o heredas criptomonedas). Además, hasta ahora, si se tenía más de 50.000 € en criptomonedas en el extranjero, había que declararlas en el modelo 720. Sin embargo el TJUE declaró que este modelo era contrario al Derecho por imponer una carga excesiva al ciudadano y se han eliminado las sanciones asociadas. No obstante, la obligación de declararlas sigue vigente.

Nuestra recomendación en este sentido es que, si operas con estos tipos de criptodivisas, al menos, lo pongas en conocimiento de tu gestor para evitar disgustos.

CONCLUSIONES

  • Las criptomonedas son divisas que no están respaldadas por entidades bancarias ni autoridades públicas.
  • Las criptomonedas se utilizan principalmente como un medio de compra y venta de servicios y bienes por medio de la web.
  • No se encuentran asociadas a una moneda legal, pero es admitido como un medio de pago, cambio, reserva o inversión.
  • Pueden transferirse, guardarse y ser utilizadas para adquirir bienes y servicios de forma electrónica.
  • Son difíciles de rastrear, lo que las hace perfectas para las organizaciones delictivas.
  • Si obtienes ganancias de rendimientos, transmisiones o ventas de criptomonedas deberás declarar las ganancias o pérdidas obtenidas.
  • A pesar de la escasa regulación existente, en España esta materia, se aborda a través de la legislación en materia de prevención de blanqueo de capitales y de lucha contra el fraude fiscal.

Ana Colás

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